Fuentes de Investigación
ARCHIVO DIOCESANO
Obispado de Valladolid
Acceso al Archivo

    Hemos ido al Archivo Diocesano del Obispado de Valladolid, para consultar los textos que hacen referencia a nuestra parroquia.

    Los Archivos Parroquiales engloban un total de 72 libros (y una caja), que ofrecen información desde 1574 hasta 1917 (a partir de esta fecha se encuentran en Castronuevo). La iglesia es depositaria de un enorme legado cultural en sus archivos, leyendo estos documentos nos encontramos con todo  lo que sucedía y era importante para sus vecinos. Podemos obtener del archivo los nombres de los párrocos, así como el número de vecinos y almas; nombres de calles...
 

01 Bautismos 1554 - 1886 11 libros
02 Matrimonios 1600 - 1922 3 libros
03 Difuntos 1590 - 1906 9 libros
04 Matrículas 1763 - 1917 3 libros
05 Cuentas de fábrica 1607 - 1899 7 libros
06 Diezmos y tazmias 1655 - 1839 8 libros
07 Tazmias novales (incompleto) 1736 - 1752 1 libro
08 Visitas y Mandatos, Bienes de la iglesia 1676 - 1889 1 libro
09 Libros de Planas 1750 - 1863 7 libros
10 Obra Pía de Pobres: don Juan Espeso 1638 - 1851 3 libros
11 Obra Pía del Pósito de Granos 1651 - 1717 1 libro
12 Cofradía del Espiritu Santo o de Sancti Spiritus 1706 - 1790 2 libros
13 Cofradía de Nra. Sra del Rosario 1655 - 1776 2 libros
14 Cofradía de San Pedro 1648 - 1761 2 libros
15 Cofradía de Sta Catalina 1648 - 1787 4 libros
16 Cofradía del Santisimo Sacramento 1648 - 1748 3 libros
17 Cofradía de la Vera Cruz, con Regla 1647 - 1754 3 libros
18 Constituciones Sinodales del Obispado de Palencia 1 libro
19 Documentos varios y Pleito... 1 caja

    Los libros de matrícula corresponden a un censo de sus habitantes, año por año. En ellos se anotaban con nombres y apellidos los fieles que confesaban y comulgaban por Pascua de Resurrección. Los libros de fábrica se refieren a todo lo relacionado con la iglesia. En ellos se encuentra una pormenorizada contabilidad de ingresos y gastos. Además se anotan las visitan que realiza el obispo o su representante. Se encuentran además otras noticias de interés. Los libros de tazmia reflejan los ingresos de los diezmos que se pagaban a la parroquia por los vecinos, u otras instituciones como las cofradías.

    Examinemos por ejemplo el último libro de matriculas (Castronuevo, matrículas 1899 - 1917). El libro comienza con: Libro de matrícula de la Parroquia de Sta. María de Castronuevo de Esgueva. Año de 1899. Se señalan un número de orden, el nombre y apellidos, la edad, el estado civil, el pueblo y la provincia de donde procede y si comulgaba y confesaba. Los habitantes se van señalando por calles. Además de éstas aparecen el Lar de San Quirce y la fábrica de harina. No aparecen contabilizados todos los habitantes (sólo aparece un número de orden que ni siquiera será el número de vecinos). Sólo hemos contado unos pocos.
 
1899
1900
1901
1902
1903
1904
1905
1906
1907
1908
773
 
670
   
670
659
662
662
579
1909
1910
1911
1912
1913
1914
1915
1916
1917
 
594
529
548
531
 
547
554
 
574
BECERRO DE LAS BEHETRÍAS

    Se da este nombre al Libro de las Merindades de Castilla, escrito al parecer en 1353 por orden de Pedro I y que contiene un registro de los lugares de realengo, abadengo, solariego y behetría en las merindades o distritos de Castilla. Las merindades consistían en un distrito administrativo, en general, mucho mayores que un municipio, que comprendían a bastantes municipios, al frente de las cuales estaban un Merino o autoridad comarcal, que actuaba como delegado del rey, el conde o el concejo en los asuntos de su competencia.
 

Becerro de las Behetrías
En la Portada de la edición de 1886 donde puede leerse

   "Libro famoso Behetrías de Castilla, que se custodia en la Real Chancillería de Valladolid. Manuscrito del siglo XIV, en el cual se expresan detalladamente la naturaleza y origen de la nobleza de España, y se describe en todo su esplendor el feudalismo nacional en el último tercio de la Edad  Media, mandado hacer por Don Pedro I de Castilla.

   Primera edición, dedicada a S.A.R. el Serenisímo Señor Príncipe de Asturias.

   Con un prólogo en el que se prueba que Don Pedro I ordenó la pesquisa de Behetrías, y que, por lo tanto, es autor único de este precioso códice."

Portada de la edición de 1886

    Las behetrías debían ser uno de los principales temas en la investigación sobre la historia medieval de España. El libro Becerro de las Merindades de Castilla, o Becerro de las Behetrías, supone una inestimable descripción de la realidad feudal en Castilla a mediados del siglo XIV.

    No incluye todos los territorios de la corona en la fecha de su realización, ni tan siquiera los propiamente castellano - leoneses de la Meseta Norte, sino tan sólo los comprendidos entre el Cantábrico y el Duero y la Cordillera Ibérica y el río Cea. Se integran en él un total de 2402 núcleos de población, agrupados en quince merindades. El Becerro en principio supone una relación completa de lugares, es decir, de su lectura no se deduce que se hayan excluido intencionadamente ningún tipo de villas o lugares de los existentes en el territorio que abarca.

    Merindades de Castilla: de Cerrato, del Infantazgo de Valladolid, de Monzón, de Campos, de Carrión, de Villadiego, de Aguilar de Campoo, de Liébana y Pernia, de Saldaña, de Asturias de Santillana, de Castrojeriz, de Candemuño, de Burgo de Ubierna, de Castilla Vieja, de Santo Domingo de Silos.

    Los dos grandes temas de estudio son las rentas y los dominios señoriales.

RENTAS: El tributo característico que percibirán los señores es la infurción, que está presente mayoritariamente en los cinco tipos de dominio posibles: behetría, abadengo, solariego, realengo y condominio.

DERECHOS DEL SEÑOR

A) Tasa divisera: Tasa que en algunas behetrías pagan los campesinos a los diviseros o naturales (grupo de nobles)

B) Infurción: Frente a la tasa divisera, que aparece como una tributación exclusiva de las behetrías, la infurción será una renta percibida por los señores de forma generalizada en todos los tipos de dominio: renta anual fijada de una vez para siempre, en una cantidad determinada de prestaciones laborales, de productos, animales y/o dinero que el señor o señores del lugar percibían integramente. La infurción se ha entendido siempre como un impuesto individual pagado por cada campesino.

C) Yantar: En su origen consistía en la obligación de sustentar al señor con alimentos y más tarde se conmutó por una renta en monedas.

D) Prestaciones personales en trabajo (sernas): Ha venido manteniéndose la tesis de su transformación hacia rentas en especie primero, y después, en moneda.

E) Onor: Se trata de una cierta cantidad de cereales y de moneda pagados a los nobles en concepto de "onor" o "pan de onor"...

RENTAS REGIAS (DERECHOS DEL REY)

A) SERVICIOS: Se trata de un tributo que surge como una petición extraordinaria del Rey a sus súbditos para hacer frente a los gastos ocasionados por alguna circunstancia ocasional. Debía ser, por lo tanto, solicitado por el Rey a las Cortes y aprobado por éstas. Con el tiempo fue perdiendo su carácter extraordinario y convirtiéndose en habitual.

B) MONEDAS: Se trata también, en principio, de un tributo extraordinario "pactado" entre el Rey y las Cortes, que terminará por establecerse como una cantidad pagada cada siete años.

C) FONSADERAS: Surge, en principio, como una renta pagada al Rey a cambio de no acudir a al fonsado.

D) MARTINIEGA: Se trata de las rentas pagadas en la festividad de San Martín...

DOMINIOS SEÑORIALES. Junto a las rentas, el otro gran tema que puede ser objeto de estudio, a partir del Becerro, es el de los dominios señoriales. Tradicionalmente las clasificaciones de los dominios se han hecho a partir de la "calificación" del señor que los detenta, hablándose así de abadengo, realengo, solariego y behetría.

Señoríos eclesiásticos: monasterios; el obispo y el cabildo; hospitales; órdenes militares
Señoríos laicos: solariegos, behetrías, realengos

BEHETRÍAS. Se llama así en Castilla a partir del siglo XIII a la tierra o heredad dotada de ciertos privilegios, propiedad de un labriego de condición jurídica libre que disfruta de la facultad de poder elegir su señor a quien quiera o, en todo caso, no tiene otra restricción a esta elección que la de hacerla entre los descendientes de un determinado linaje.

REALENGO. Se llamaron así en la España Medieval los bienes territoriales de la corona que estaban bajo el dominio y administración de los monarcas, sin que pueda determinarse exactamente si estuvieron o no confundidos con los bienes familiares de los reyes.

ABADENGO. Nombre que reciben, hacia la Baja Edad Media, los señoríos dependientes de alguna iglesia, monasterio, o instituto eclesiástico, por ser generalmente el abad, como superior de la comunidad religiosa, el titular de la potestad señorial. Las tierras o señoríos de abadengo fueron, tal vez, las más numerosas en la península.

    Castronuevo no aparece en el Becerro de las Behetrías, pero sí los despoblados de Castil de la Vega y de Polvorera. A continuación escribimos el texto referido a ambos tal cual aparecen en el Becerro.
 

Castriel de la Vega
Es en el obispado de Palençia.
Este logar es de la orden de Sant Iohan de Acre.
DERECHOS DEL REY
La martiniega esta en CLXXX maravedis, dan al rrey los 
XC maravedis e al adelantado XLV maravedis.
A la orden XLV maravedis, que son todos.
Pagan seruiçios e moneda. Non pagan fonsadera porque
dizen que nunca lo ouieron. Non pagan yantar
vsado.
Dan cada anno al adelantado por yantar.
DERECHOS DEL SENNOR.
Pagan a su sennor cada anno cada sueldo [sic] en en-
frurçion vna cantara de mosto e quatro çelemin[es] de çeua-
cebada e çinco dineros menos II meaias; e el que a vn par de bue-
yes o vn buey quel ayuda con ellos ocho dias en el anno e el 
que non tien bueyes quel ayuda con su cuerpo.
Poluorera
En el obispado de Palençia.
Este logar es de don Fernand Fernand Sanchez
De Ualladolid e de Ruy Gonçalez de Castanneda e de Aluar
Royz de la Serna e de Fernando Diaz, fiio de Iohan Ferran-
dez el Ninno de la Foieda. E es solariego.
DERECHOS DEL REY
Non ay martiniega. Pagan seruiçios e moneda.
Non pagan fonsadera nin yantar.
DERECHOS DE LOS SENNORES.
De cada vno a su sennor cada anno XVI dineros e vna
gallina.
E el que tien bueyes quel ayuda con ellos tres dias en 
el anno.